DERECHOS DE LIBERTAD

CAPITULO SEXTO
DERECHOS DE LIBERTAD
Art. 66.- Se reconoce y garantizará a las personas:
1. El este articulo el contenido esencial es el derecho a la vida como parte de la dignidad que protege el derecho, la prestación es negativa ya que prohíbe la pena de muerte, protegiendo el derecho a la vida.
2. Tiene como contenido esencial la diversidad de características básicas mismas que garantizan el desarrollo de una vida digna para los ciudadanos, cuya prestación positiva seria que el estado garantiza el cumplimiento de estas para asegurar el bienestar colectivo.
3. El derecho a la integridad personal, que incluye:

En este inciso se analiza que el contenido esencial es la protección integral en todos los aspectos, en el literal A tiene como prestación positiva el proteger a plenitud a los grupos de atención prioritaria ante cualquier tipo de violencia ya sea en el ámbito público o privado, además tiene como prestación negativa el prohibir la tortura, desaparición forzada la experimentación científica o cualquier tipo de acción que atente contra los derecho humanos.  


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